Ante el cobro excesivo en los servicios públicos domiciliarios, los usuarios residenciales o comerciales deben presentar reclamación ante la empresa prestadora del servicio dentro de los cinco meses siguientes a la fecha de expedición de la factura en la cual se realizó el cobro exagerado, teniendo en cuenta el aumento comparándolo con el promedio facturado en los tres últimos periodos, si la facturación es bimestral o de los seis meses anteriores, si la facturación es mensual.

Para evitar que sea suspendido el servicio público domiciliario, el usuario debe cancelar el valor del promedio que habitualmente cancelaba y quedará en estudio o análisis la diferencia facturada en exceso, por lo que ninguna empresa debe obligar al pago total de la facturación para dar trámite a una reclamación, solamente se encuentran autorizadas legalmente a cobrar el valor de acuerdo al consumo promedio del predio o de la cuenta.

Para presentar la reclamación o queja el usuario debe utilizar los canales ahora establecidos por las empresas, que en su gran mayoría es por línea telefónica o por la página web ingresando al link de peticiones, quejas y reclamos – PQR y la empresa tendrá que dar respuesta dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de recibo de la PQR, so pena de que opere el silencio a favor del usuario, esto es, que se entienda que la reclamación fue favorable al peticionario. permitanos asesorarle con expertos produenergy para ayudarle a reclamar de manera adecuada.

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